SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1504/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.6.
II.6. Por Acta de Asamblea de 28 de mayo de 2004 se habilita al actual Comité Electoral (fs. 45); así como por el Acta de 22 de junio de 2004 se determina autorizar al Comité Electoral, redactar una nueva Convocatoria donde deba incluirse una nueva revisión de documentos de cada uno de los expedientes presentados por todos los candidatos más los que ratifiquen su inclusión hasta el día 26 de junio de 2004, además de declararse válidos a todos los candidatos anteriormente habilitados respetándose sus números y lugares, dejando lo correlativo al final para los que ratifiquen su participación. Asimismo, se fijó el día domingo 27 de junio de 2004, para la nueva depuración con presencia de todos los candidatos, fijando la fecha de elección para el domingo 4 de julio de 2004 (fs. 43).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Las postulaciones son individuales y harán constar su postulación al cargo de consejero por escrito, adjuntando la documentación según los requisitos de la convocatoria
- III.3.
- para ser elegido miembro del Consejo de Administración y Vigilancia se requiere cumplir con el art. 51 del Estatuto Orgánico de la Cooperativa
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA