Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1520/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.2.
II.2. Conforme al “Acta de elección de Consejero (a) Departamental” de 31 de marzo de 2004 (fs. 9 y 10), el Concejal Municipal Kelvin Serrate propuso el nombre de Blanca Elena Pedraza Espinoza. Dicho documento señala que la postulante presentó los requisitos establecidos por ley. La hoy recurrente obtuvo 6 votos a su favor, existiendo 7 en blanco “por dudas que se dio en su domicilio en San Carlos que no les convenció para su respectiva elección, quedando empantanado el mismo” (sic.), por lo que se fijó nueva reunión para el 15 de abril.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- (sic.)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- y que deben tener domicilio en la provincia, por lo menos durante el año anterior a su elección.
- d)
- III.2.
- registro domiciliario de las personas
- sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio
- III.3.
- III.4.