Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1520/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
(sic.)
En el acta expresa que: “El caso de la Dra. Blanca Pedraza ha sido observado el domicilio en Santa Cruz, presentado por la Corte Electoral y no así en San Carlos, lo cual inhabilitando a la Dra. Blanca Pedraza. Los concejales Kelvin Serrate, Franz Soruco abandonaron la Sala y así mismo la Dra. Blanca Pedraza” (sic.), resultando elegido por 9 votos Carlos Roberto Villarroel Villarroel como Consejero Departamental por la provincia Ichilo, a cuyo efecto el Prefecto de Santa Cruz emitió la Resolución Prefectural 176/2004 de 5 de mayo (fs. 29), acreditándolo en esa función.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- (sic.)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- y que deben tener domicilio en la provincia, por lo menos durante el año anterior a su elección.
- d)
- III.2.
- registro domiciliario de las personas
- sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio
- III.3.
- III.4.