Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo señalado plantea recurso de amparo constitucional contra Carlos Eduardo Gómez Rojas, Juez Primero de Instrucción en lo Civil y Jorge Alberto Durán Penacho, Juez Segundo de Partido en lo Civil, solicitando sea declarado procedente y por ende se le conceda el amparo solicitado, disponiendo se deje sin efecto los Autos de 2 de octubre de 2004 y de 18 de enero de 2005, que niegan la prescripción de los honorarios profesionales de Enrique Guzmán Rocha y, por lo mismo, declaren probada la prescripción opuesta, con calificación de daños y perjuicios.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el amparo constitucional
- es condición esencial que el recurrente señale con precisión, como requisito de contenido del amparo constitucional, los valores supremos o principios fundamentales que en su criterio hubiesen sido desconocidos o vulnerados por la jurisdicción ordinaria al interpretar las normas de la legislación ordinaria
- III.2. El caso de examen
- REVOCAR