SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2005-R

Fecha: 10-Oct-2005

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Carlos Eduardo Gómez Rojas, Juez Primero de Instrucción en lo Civil, recurrido, en su informe cursante a fs. 60 y vta. señalo lo siguiente: el 31 de mayo de 2001 se regularon los honorarios profesionales del abogado Enrique Guzmán Rocha, sin que se le haya notificado a éste con la indicada resolución, existiendo conminatorias el 15 de noviembre de 2001 y el 31 de mayo de 2003 al demandante - ahora recurrente- para que pague los honorarios de su causídico; por lo que al no haberse citado a dicho abogado con la regulación de honorarios no puede  computarse prescripción desde el 31 de mayo de 2001, por esa razón se declaró improbada la excepción opuesta por el recurrente y fue confirmada por el superior en grado en base a los mismos argumentos.