Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1255/2005-R
Fecha: 10-Oct-2005
II.1.2.
II.1.2. En la misma Resolución consta que en la fecha las partes quedaron notificadas personalmente para que pudieran hacer uso del recurso de apelación, pues consta la firma de todas incluida la del recurrente (fs. 108 vta.-109); extremo que ha sido corroborado por el informe de la Jueza recurrida, y lo expuesto por el recurrente, pues ha señalado en la audiencia del recurso que se le entregó copia a los diez minutos de celebrada la audiencia.