SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2005-R

Fecha: 14-Oct-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El actor alega  por una parte que  las autoridades demandadas han vulnerado su derecho a la defensa, a recurrir y la garantía del debido proceso al rechazar  su pedido de remitir obrados ante el Tribunal Segundo de Sentencia, para que conozca y resuelva su solicitud  de extinción de la acción penal   declarándose competente para conocer  la misma, al haber dictado las  Resoluciones  de 11 de febrero, 3, 9 y 16 de marzo de 2005 coartándole de ese modo su derecho a recurrir; por otra parte al haber conocido y resuelto su petición de extinción de la acción mediante la Resolución 41/2005,  de 22 de marzo y su Auto complementario de 30 de marzo del mismo año, por el que se le niega el recurso de apelación incidental,  sin considerar que el  AC 0079/2004-ECA, dispone  que la autoridad competente para conocer sobre la extinción de la  acción penal es el juez natural que conoce la causa, en relación con lo dispuesto por la SC 101/2004, a la que complementa. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.