Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1391/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Con la réplica la abogada de la actora dijo que el recurso de amparo fue presentado dentro de término y que no existe caducidad. Añadió que la prueba documental presentada, que era la más importante, no fue valorada, aspecto que fue reclamado en apelación y concluyó señalando que al no ser su cliente abogada y aunque lo fuera, debieron informarle sus derechos, por lo que impugnó el informe prestado por los recurridos y pidió la procedencia del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APROBAR