SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2005-R

Fecha: 25-Nov-2005

improcedente

La Resolución 019/2005, cursante de fs.186 a 187 vta., pronunciada el  28 de abril   por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, sin constas ni multa, bajo el fundamento que la decisión de las autoridades recurridas que declara improbada la tercería preferente de pago, no causa estado ni es definitiva, porque pueden ser objeto de otro proceso,  en el que el recurrente puede hacer valer  sus pretensiones  ya que el Tribunal de garantías constitucionales no ejerce jurisdicción ordinaria  ni puede tomar decisiones sobre materia conferida a las autoridades jurisdiccionales.