SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2005-R

Fecha: 25-Nov-2005

lo hizo a la apelación que derivó de la negativa a aquella,

         De lo anterior se  concluye que  si bien el recurrente no se adhirió a la reposición propiamente dicha, requerida por Benjamín Reque,  lo hizo a la apelación que derivó de la negativa a aquella, no  otra cosa significa que,  ante la denegatoria de la reposición dada el 19 de junio de 2001,  haya presentado el 20 del mismo mes y año, su adhesión a la alzada; por consiguiente, se constata que la  apelación que pretendía sea resuelta por los vocales recurridos tiene un vicio de origen, que es la reposición originaria, de cuya negativa surgió la apelación, dando lugar su rechazo  por cuanto en ejecución de sentencia, conforme manda el art. 518 del CPC, solamente puede plantearse apelación directa. Otra cosa hubiera sido que el recurrente haya interpuesto independientemente su apelación directa contra la precitada Resolución 379/2001.