SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1701/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
sin previamente haber sido resuelto el conflicto de competencia, la autoridad recurrida resolvió el recurso jerárquico planteado por el ahora recurrente
No obstante lo señalado y, sin previamente haber sido resuelto el conflicto de competencia, la autoridad recurrida resolvió el recurso jerárquico planteado por el ahora recurrente, mediante Resolución de 28 de abril de 2005, firmando como máxima autoridad ejecutiva de la ASP-B y autoridad jerárquica competente, confirmando así la Resolución 001/2005, de 17 de enero, que fue dictada por la autoridad sumariante, disponiendo su ejecución inmediata; a cuya consecuencia, el recurrente planteó incidente de nulidad de acto administrativo y de su notificación y devolvió la Resolución del recurso jerárquico por considerarla nula de pleno derecho por no existir Resolución sobre el conflicto de competencia en actual trámite; situación que la hizo conocer a la Superintendencia del Servicio Civil, entregando para su conocimiento la devolución de la Resolución de recurso jerárquico, señalando además no existir resolución sobre el conflicto de competencia en actual trámite; empero, la autoridad recurrida, por Decreto de 3 de mayo de 2005, declaró ejecutoriada la Resolución de 28 de abril de 2005, a través de la cual se resolvió el recurso jerárquico; asimismo, el 4 de mayo de 2005, el recurrente solicitó aclaración, complementación y enmienda de acto administrativo de “supuesta ejecutoria”(sic); mereciendo la providencia de la misma fecha, dictada por el recurrido, rechazando la solicitud de aclaración, complementación y enmienda, por haber sido presentada fuera de plazo; consecuentemente, ratificó la ejecutoria de la Resolución 01/2005; por lo que en ejecución de la referida Resolución, emitió en la misma fecha, el memorándum 067/05 de 4 de mayo de 2005, en el que comunicó al ahora recurrente que quedó destituido del cargo de Administrador de ASP-B en Antofagasta, disponiendo al mismo tiempo haga entrega de todos los bienes, documentos y sello a su cargo a quien le reemplazará en sus funciones; asimismo, comunicó que entregue el bien inmueble que ocupa como vivienda por su condición de administrador de dicho Puerto.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Memorándum 067/05 de 4 de mayo de 2005, resulta un acto administrativo nulo de pleno derecho, en virtud al art. 31 de la CPE, que establece precisamente que son nulos los actos de quienes usurpen funciones que no les compete
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Mediante memorial dirigido al recurrido, presentado el 21 de abril de 2005, el recurrente planteó conflicto de competencias
- II.11..Mediante Resolución de 28 de abril de 2005, la autoridad recurrida firmando como Máxima Autoridad Ejecutiva ASP-B y autoridad jerárquica competente, resolviendo el recurso jerárquico planteado por el ahora recurrente, confirmó la Resolución 001/2005, de 17 de enero, dictada por la autoridad sumariante, disponiendo su ejecución inmediata
- II.12.
- II.14.
- II.15.Mediante memorándum 067/05 de 4 de mayo de 2005, el recurrido Director General de ASP-B,
- su destitución ordenada por la autoridad recurrida mediante “memorándum 067/05, de 4 de mayo de 2005, resulta un acto administrativo nulo de pleno derecho, en virtud al art. 31 de la CPE, que establece precisamente que son nulos los actos de quienes usurpen funciones que no les compete”(sic)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- sin previamente haber sido resuelto el conflicto de competencia, la autoridad recurrida resolvió el recurso jerárquico planteado por el ahora recurrente
- III.5.
- III.6.
- extremo que deberá ser resuelto ante las instancias correspondientes
- APROBAR