SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2005

Fecha: 11-Feb-2005

l)

l)   Se pregunta ¿cúal el fundamento jurídico del Pleno del Congreso para su inclusión en el proceso?, cuando el informe de la Comisión Mixta de Constitución, Justicia y Policía  Judicial, no lo incluye en la autorización para el juicio penal, cuando  refiere que no es pertinente instaurar proceso penal a una persona si el hecho que se considera delito y por el cual se pretende iniciar tal enjuiciamiento no se halla  relacionado jurídica y materialmente  con aquella persona, así el informe en la página 5 dice: “ En el informe acusatorio no se presentan indicios probatorios en contra de los demás  Ministros de Estado para dar pie a la existencia de nexo causal material, es decir no existen antecedentes  acumulado ni expuesto por el Fiscal General, que demuestren que los demás Ministros de Estado dieron su asentimiento a la aplicación de la desmesurada política represiva efectuada por las fuerzas del orden”, más aún  si se considera que no existe otro  informe jurídico de la referida Comisión que sustente  imputación formal en su contra.