SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2005
Fecha: 11-Feb-2005
n)
n) Alega que por determinación del art. 68.11º y art. 118.5º de la CPE, exige que la autorización del Congreso Nacional para el juicio de responsabilidades debe estar fundada jurídicamente, sin embargo el proyecto presentado por el diputado Williams Paniagua, aprobado por el Congreso no tiene ninguna fundamentación jurídica, de cuya lectura simplemente se infiere que autoriza el juicio de responsabilidades, sin realizar una valoración de los tipos penales ni las conductas de las personas contra quienes se dio la autorización y ninguna de las intervenciones puede ser considerada como fundamentación jurídica, porque todas ellas fueron simples discursos políticos, por lo que la Resolución impugnada viola las disposiciones constitucionales señaladas.
- recurso contra resoluciones congresales o camarales
- a)
- b)
- c)
- d)
- f)
- h)
- i)
- j)
- k)
- l)
- m)
- n)
- e)
- g)
- II.1
- II.2
- III.1.
- III.2.
- III.3. Tomando en cuenta las premisas conceptuales que anteceden, corresponde dilucidar la presente problemática.
- proceso justo y equitativo
- cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad
- SC 1984/2004-R, de 17 de diciembre,
- los actores no están sometidos a un proceso en el ámbito judicial o administrativo para alegar una vulneración al derecho a la garantía del debido proceso,
- Fragmento 25