Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2005-R
Fecha: 03-Mar-2005
II.4.
II.4. El 17 de junio de 2004, la Comisión de Ética dispuso la organización de un proceso administrativo interno contra el Alcalde Municipal, constando haberse realizado la citación correspondiente al hoy actor el 22 de ese mes y año (fs. 11), quien por escrito de 26 de junio planteó recusación contra Justo Cahuana Cuizara, Presidente del Tribunal Sumariante y Benito Patiño B., miembro de la Comisión de Ética (fs. 14 a 16); por decreto de 28 de ese mes la Comisión de Ética dispuso que se acuda a la vía llamada por Ley, conforme establece el art. 9 de la Ley 1760 (sic) (fs. 17).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3.
- III.4.
- APROBAR