Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2005-R
Fecha: 03-Mar-2005
II.7.
II.7. El 24 de julio de 2004, el Alcalde recurrente solicitó al Fiscal Adjunto señale audiencia de conciliación con los concejales Justo Cahuana, Rosa Cossío y Benito Patiño (fs. 37), la misma que se verificó el 27 de ese mes, constatándose haberse acordado que el 29 de julio, a horas 9:00 a.m. se reunirían los concejales y el alcalde Aquilino Sandy (fs. 38 a 40).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3.
- III.4.
- APROBAR