SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2005-R
Fecha: 03-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y al debido proceso, por cuanto en su condición de Alcalde Municipal, fue procesado por la Comisión de Ética del Concejo Municipal; que no obstante de que sólo uno de sus miembros recomendó que se le suspenda temporalmente de sus funciones, el Concejo Municipal adoptó esa determinación y dispuso remitir los antecedentes a la justicia ordinaria para su enjuiciamiento penal, mediante Resolución Municipal 017/2004, de 20 de julio, pese a no existir en su contra Auto de procesamiento ejecutoriado. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por los actores.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3.
- III.4.
- APROBAR