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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2005-R

    Fecha: 08-Abr-2005

    II.1.

    II.1.    Conforme afirma el actor, el recurrido Juez Segundo de Partido en lo Penal, pronunció la sentencia de primera instancia que declaró a su representada Eufronia Urna Camacho autora de la comisión de los delitos estelionato condenándole a la pena de reclusión de dos años, absolviéndola de la comisión del delito de estafa (fs. 30).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • a)
    • III.1.
    • III.2.
    • que impone a los juzgadores -que tengan competencia para conocer en apelación una sentencia en materia penal-, el deber de notificar personalmente o por cédula en su domicilio procesal señalado, con todo Auto de Vista que disponga condena al procesado
    • o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por la Ley o incumpliendo las formalidades y requisitos que ésta señala".

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