Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
III.3.
III.3. De igual modo, pues fue demandada su lesión, es necesario establecer que el derecho a la propiedad privada, ha sido entendido por la jurisprudencia constitucional como: "(...) 'la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico.(...) ' asimismo, los preceptos contenidos en el art. 105.I del Código civil (CC) establecen que: 'la propiedad es un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa…', el poder de disponer implica en la potestad de enajenar, gravar o transformar la cosa." (SC 1912/2004-R, de 14 de diciembre).