Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
II.3.
II.3. El 3 de febrero de 2004, el investigador a cargo de la denuncia relacionada, informó al Fiscal de DIPROVE, ahora corecurrido, que no fue posible ubicar el vehículo robado; por lo que el representante del Ministerio Público, mediante proveído de la misma fecha, determinó que se complementen las investigaciones en el término de cincuenta días (fs. 34).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- En la problemática planteada, es de aplicación el principio de subsidiariedad que rige la acción tutelar planteada, puesto que la recurrente ante el rechazo de su denuncia tiene una vía expedita inmediata para hacer valer los derechos que considera conculcados,
- III.3.
- Fragmento 17
- III.4.
- Fragmento 19
- APRUEBA