Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2005-R
Fecha: 23-May-2005
III.3.
III.3. Respecto a la denuncia relacionada a la supuesta omisión indebida en que habrían incurrido los vocales recurridos, al haber rechazado la aplicación de medidas cautelares previstas por el art. 99 de la LTC, concretamente al haber rechazado la solicitud planteada por los recurrentes, dentro del recurso de amparo constitucional planteado por el Presidente del Proyecto de Pavimentación Santa Cruz-Trinidad y Viceministro de Obras Públicas, para que dispongan la suspensión de la ejecución de mandamiento de apremio contra su hoy representado, corresponde expresar las siguientes consideraciones de orden constitucional: