Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL o547/2005-R
Fecha: 20-May-2005
Fragmento 20
El Arancel del Colegio de Abogados de la ciudad de Santa Cruz, prevé para la atención de los procesos penales por delitos de acción privada, como es el tramitado en la especie, el honorario fijo de Bs3.000.- más el 10% sobre la cuantía, cual consta en el parágrafo IV.-, IV.1. Juicio Penal Ordinario I, inc. g.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- III.4.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 12
- “III.1. El canon de constitucionalidad en la interpretación
- interpretación gramatical
- Fragmento 15
- III.4. Código de ética y honorario profesional
- Fragmento 17
- si fuere susceptible de apreciación pecuniaria
- la razonabilidad
- Fragmento 20
- III.5. El marco jurídico del honorario del caso de autos
- 1.
- III.2. En el caso concreto
- Fragmento 24
- APROBAR