Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2005-R
Fecha: 27-Jun-2005
II.8.
II.8. Por memorial de 4 de noviembre de 2002, el recurrente se apersonó y promovió incidente de nulidad de obrados por falta de intervención del Secretario del Juzgado en el acta de apertura de los debates y nulidad de notificación (fs. 197-199), incidente que fue rechazado por Auto de 15 de enero de 2003 (fs. 204).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10. El representado del recurrente por memorial de 29 de agosto de 2003 interpuso recurso de casación y nulidad
- II.11.
- III.1.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad.
- III.2.
- deben presentarse, en forma concurrente,
- III.3.
- APROBAR