SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2005 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2005 - R

Fecha: 27-Jul-2005

III.2.

III.2. En la especie, si bien es cierto que el nombre y apellidos  de la cédula de identidad del recurrente, figuran como Ausberto Beltrán “Colquehuanca” y que con dicho nombre y apellidos ejercitó defensa activa en el periodo de la Instrucción, a más de que en su cédula de identidad se consigna idéntica filiación y que el mandamiento de condena expedido por el Juez recurrido menciona dichos nombres y apellidos basándose en los datos que le proporcionó la querellante y en la identificación que el mismo actor empleó en casi todos sus memoriales; no es menos evidente que la partida de nacimiento aparejada al expediente y certificada por el Director del Registro Civil de la Corte Departamental Electoral de Oruro acreditó su identificación como Ausberto Beltrán Colque Huanca, de la misma forma en el memorial que presentó el 5 de diciembre de 2000 (fs. 26), solicitando examen grafotécnico figuró como Ausberto Beltrán Colque Huanca, y puesto que el documento inicial para obtener una cédula de identidad en Bolivia es precisamente el certificado de nacimiento, cabe destacar que aunque a lo largo del proceso penal se lo nombró como Ausberto Beltrán Colquehuanca, se lo hizo refiriéndose a Ausberto Beltrán Colque Huanca que responde a su verdadero nombre y apellidos, por lo que no puede pretender ahora alegar falta de identidad, más aún si ésta no constituyó la causa para su detención con el mandamiento de condena, sino la Sentencia condenatoria que se emitió en el proceso penal que le siguió Arcelia Ramírez Villca. Situación que amerita la improcedencia del presente recurso.