Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0871/2005-R
Fecha: 29-Jul-2005
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, interponen recurso de amparo contra Luis Jaime Cruz Justiniano y Uby Saúl Suárez Sánchez, jueces técnicos del Tribunal Cuarto de Sentencia de la Capital, solicitando sea declarado procedente, por ende, se anulen obrados hasta la solicitud de revocatoria de rebeldía inclusive, dejando sin efecto el retiro de acusación y el Auto de 20 de mayo de 2004, con costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- a)
- III.1.
- excepto las notificaciones personales
- resoluciones de carácter definitivo
- III.2.
- tendrá el derecho a ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal y, en su caso a impugnarla
- III.3.
- 2º CONCEDER