SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0871/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0871/2005-R

Fecha: 29-Jul-2005

III.3.

III.3. Por último, como consecuencia del fundamento precedente y ante la posibilidad de que la parte actora pueda hacer uso del medio impugnativo previsto por ley respecto al Auto de 30 de mayo de 2004, teniendo en cuenta el carácter subsidiario que tiene el presente recurso extraordinario, no corresponde analizar su contenido, aspecto que deberá ser considerado y resuelto por el tribunal ordinario competente.