SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2005

Fecha: 19-Ago-2005

d)

d)    El Concejo Municipal, en la sesión ordinaria 091/2004, con dispensa de trámite, pronunció la ilegal Resolución Municipal 119/04 en la que en flagrante usurpación de funciones, aprobó la resolución del contrato 047/2003, celebrado con la empresa que representa, instruyendo al ejecutivo el emprendimiento de acciones legales que precautelen el cumplimiento de la Ley de Administración y Control Gubernamental y la recuperación del daño  económico que se establezca.

d)    El recurrente no ha fundamentado en qué consiste la falta de competencia ni a quién supuestamente se habría usurpado la misma, sino que “por si acaso” “apunta a todos lados”, aspecto que demuestra la carencia de contenido jurídico constitucional. Asimismo, se debe recordar  -dicen los recurridos- que el Tribunal Constitucional ha establecido que cuestiones del debido proceso no son recurribles a través de un recurso directo de nulidad, así la SC 0030/2004, de 7 de abril, que señala que a través de este recurso, no se reparan  los actos o decisiones que vulneren derechos y garantías fundamentales.