SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2005
Fecha: 19-Ago-2005
I.2. Admisión y citaciones
Mediante AC 025/2005-CA, de 18 de enero (fs. 331 y 332), la Comisión de Admisión de este Tribunal dispuso que el recurrente subsane las observaciones de forma allí consignadas, lo que hizo por memorial presentado el 1 de febrero de 2005 (fs. 334 a 336), en el que, a más de subsanar lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, señaló la condición de actual Presidente del Concejo Municipal de Montero, Víctor Hugo Ortuño, a quien amplió la demanda, por lo que la citada Comisión, mediante AC 073/2005-CA, de 11 de febrero (fs. 337 a 340), admitió el recurso y dispuso la citación de los recurridos, acto que se realizó el 3, 7 y 8 de marzo de 2005, conforme consta en las diligencias de fs. 395 y 396.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8. La Resolución Municipal 119/04, de 16 de diciembre de 2004 (fs. 189 a 191),
- III.1.
- este recurso procede contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como contra los actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la ley.
- II.
- III.3. En este caso, si bien
- por si sola y en forma aislada e independiente
- INFUNDADO