SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

III.1.

III.1. Es importante destacar lo señalado por la SC 1480/2002-R, de 4 de diciembre, en torno a la concepción del término “abogado” y los honorarios que le reconoce la normativa vigente en Bolivia: “(...) En una concepción moderna del vocablo, abogado se considera como tal a un perito en el derecho positivo que se dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra, los derechos e intereses de los litigantes, así como también a dar dictamen sobre las cuestiones o puntos legales que se le consultan.