SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1186/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

III.4.

III.4..De todo lo precedentemente anotado y de los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal, se evidencia que el abogado José Alberto Céspedes Subiaurre en el transcurso de su desempeño como Asesor Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Educadores Gran Chaco” Ltda., recibió pagos parciales por concepto de honorarios profesionales de diferentes deudores según iban concluyendo los procesos que se les seguía, al punto que se emitió una instrucción interna emitida por el Gerente General de la cooperativa el 18 de junio de 2002 para que el Asesor Legal y los procuradores extiendan facturas por concepto de honorarios a nombre del deudor que los pague. De lo cual se colige que por ende le corresponden los honorarios que deriven de las costas procesales con cargo a la parte perdidosa.