SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006

Fecha: 31-Ene-2006

f)

f)       Todo lo anterior -expresa-  deriva en la vulneración también del art. 229 de la CPE, dado que  esta norma establece una garantía normativa para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, constituyendo una obligación negativa para el Estado el no anular el núcleo esencial de los derechos fundamentales como lo remarcó la SC 0019/2005, de 7 de marzo.

f)       Los decretos ley son  una realidad tangible que llenan actualmente un vacío legal por lo que no se puede declarar su inconstitucionalidad por defectos de origen, toda vez que acarrearía graves perjuicios al país, mas aún tratándose del DL 7755 que es “totalmente compatible con la Constitución”, cuyos arts. 33, 34 y 35  no la vulneran, ya que, respecto del art. 33 del DL 7755, se debe recordar que para obtener la libreta del servicio militar se han previsto muchas vías y no solamente la efectiva realización del mismo. En cuanto al art. 34 del DL 7755, solamente señala un requisito más para que el Estado otorgue  un título profesional; y con referencia al art. 35 del DL 7755, remarca que para transitar por el interior de la República y salir de ella, se exige a todos los mayores  de edad, la cédula de identidad, y no por ello se la va a demandar de inconstitucionalidad, lo propio sucede con quienes deseen salir del país, se les pide que exhiban la libreta del servicio militar, cuya norma tiene sus bases en los de control, seguridad y resguardo de fronteras.