SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006
Fecha: 31-Ene-2006
g)
g) Agrega que en este caso si bien existen normas inconstitucionales por su origen, principalmente decretos leyes, que no pueden ser expulsadas de inmediato del ordenamiento jurídico nacional porque ello provocaría efectos adversos en el corto plazo, no es posible que el Tribunal Constitucional adopte una interpretación previsora, como lo hizo en algunos casos, porque en la especie la inconstitucionalidad de las normas se da por su origen, su contenido y por infracción al principio de reserva legal, o sea que la expulsión de tales normas debe ser inmediata, debiendo considerarse que la expulsión de los arts. 33, 34 y 35 del DL 7755 no crearía un vacío legal ni un caos jurídico en la administración del servicio militar obligatorio en la medida que estas disposiciones se refieren a temas indirectos, accesorios o complementarios a él y no a aspectos sustantivos.
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad contra los arts. 33, 34 y 35 del DL 7755, por ser contrarios a los arts. 7 incs. d), e), g), 59.1ª, 71 al 81 (excepto el 79), 177.I, 186, 188.I, 213 y 229 de la CPE, solicitando se declare en sentencia su inconstitucionalidad, con los efectos derogatorios previstos por el art. 58.III de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
g) Sostiene que la SC 0082/2000, de 14 de noviembre, consideró como válidos los Códigos de familia y civil, aprobados por Decretos Leyes 10426 y 12760, “dejando de lado el principio de la reserva legal y haciendo prevalecer los valores y principios de justicia, paz social y orden a los cuales finalmente el derecho sirve y accede”.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- admitió
- Artículo 34.
- III.
- Fragmento 12
- SC 0021/2005
- Fragmento 14
- SC 82/2000
- ”
- Opinión Consultiva OC-6/86
- leyes
- ley
- , acaso la más relevante tenga que ser que las limitaciones se establezcan por una ley adoptada por el Poder Legislativo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución
- de prestar los servicios civiles y militares que la Nación requiera para su desarrollo, defensa y conservación
- asimismo les imponga límites al ejercicio de sus derechos y libertades,
- Fragmento 23
- art. 33 del DL 7755
- b) En relación al derecho a la educación y a recibir instrucción consagrado en el art. 7 inc. e) de la CPE.
- la segunda parte del art. 34 del DL 7755 examinado, debe entenderse
- c) En lo que concierne al derecho al libre tránsito o libertad de locomoción.
- III.4.Interpretación previsora de las normas impugnadas.
- Fragmento 29
- 2º DECLARA CONSTITUCIONALES,
- 3º EXHORTA