SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0007/2006
Fecha: 31-Ene-2006
SC 0021/2005
“(...) el presente se trata de caso de inconstitucionalidad sobreviniente, en el que se debe analizar la constitucionalidad de una norma promulgada con anterioridad a la vigencia de la actual Constitución, para establecer si es o no compatible con ésta, por lo que no es posible el planteamiento de la autoridad que promovió el recurso de realizar el juicio de constitucionalidad respecto a la Constitución de 1868, sino que debe serlo a la luz de de la Constitución vigente”.
Por ende, al tratarse el caso de autos también de disposiciones emitidas antes de la vigencia de la actual Constitución Política del Estado, el examen que se efectuará será precisamente en relación a dicha Ley Suprema, tomando en cuenta las últimas reformas realizadas a la misma, puesto que no tendría ningún sentido realizar el examen de constitucionalidad en relación a la Constitución Política del Estado reformada en 1961, porque la misma ha sufrido posteriores modificaciones, y al efectuarse el análisis hoy, deben ser los preceptos constitucionales vigentes los que sirvan de referente a ese fin.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- admitió
- Artículo 34.
- III.
- Fragmento 12
- SC 0021/2005
- Fragmento 14
- SC 82/2000
- ”
- Opinión Consultiva OC-6/86
- leyes
- ley
- , acaso la más relevante tenga que ser que las limitaciones se establezcan por una ley adoptada por el Poder Legislativo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución
- de prestar los servicios civiles y militares que la Nación requiera para su desarrollo, defensa y conservación
- asimismo les imponga límites al ejercicio de sus derechos y libertades,
- Fragmento 23
- art. 33 del DL 7755
- b) En relación al derecho a la educación y a recibir instrucción consagrado en el art. 7 inc. e) de la CPE.
- la segunda parte del art. 34 del DL 7755 examinado, debe entenderse
- c) En lo que concierne al derecho al libre tránsito o libertad de locomoción.
- III.4.Interpretación previsora de las normas impugnadas.
- Fragmento 29
- 2º DECLARA CONSTITUCIONALES,
- 3º EXHORTA