Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.3.
II.3. Por escrito de 9 de abril de 2002, el recurrente planteó incidente de nulidad de avalúo de bien inmueble (fs. 45) y por memorial de 23 de julio de 2002 interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación contra el Auto interlocutorio que dispuso no ha lugar a la nulidad de avalúo catastratal formulado por el recurrente (fs. 42-44), y por memorial de 6 de febrero de 2003, formuló recurso de reposición con alternativa de apelación contra el Auto de de 21 de junio de 2002, de adjudicación de bien inmueble dado en garantía (fs. 35-36)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1.
- lo que supondría que las autoridades recurridas usurparon funciones, en cuyo caso, conforme a lo referido precedentemente, la vía idónea es el recurso directo de nulidad y no el amparo constitucional”.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- APROBAR