SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2006-R

Fecha: 31-Ene-2006

3)

3)  Si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, conforme a las disposiciones anotadas precedentemente, se  produce la conversión  del contrato en uno por tiempo indeterminado, de manera que  es de ineludible aplicación lo dispuesto por la Ley 975,  o sea que se debe respetar la inamovilidad de la trabajadora hasta que su hijo o hija cumpla el primer año de edad, además de  ser acreedora de las prestaciones y subsidios que la ley establece por la maternidad.