SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0987/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0987/2006-R

Fecha: 09-Oct-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado del recurrente ratificó in extenso el contenido de su demanda y ampliando la misma señaló que la SC 0017/2005-R, señala que la violación al derecho a la defensa se traduce en la indefensión que el recurrente ha sufrido al haber sido notificado en el tablero con la carta notariada de 17 de diciembre de 2005.

Asimismo, ejerciendo su derecho a la réplica señaló que si bien el art. 35 del Código de Procedimiento Civil (CPC), señala que las partes, a efectos de su notificación, deben aproximarse los días martes y viernes a objeto de ser notificados, no es menos evidente que en su solicitud mediante memorial de 17 de septiembre de 2005, el recurrente señaló que era Oficial de Diligencias de la Sala Penal Primera, es decir hizo conocer donde trabajaba a efectos de su notificación.