SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1120/2006-R

Fecha: 08-Nov-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 4 de octubre de 2006, cursante de fs. 1 a 3, el recurrente asevera que dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Alcides Tórrez Rodríguez y otros contra la empresa “Sadus” a la cual representa su mandante, se pronunció la Sentencia de 9 de abril de 2001, la que condenó a “Sadud y Asociados” -empresa inexistente a su juicio- habiendo sido dicha Sentencia confirmada en apelación por Auto de Vista de 12 de julio de 2001, y mediante Auto Supremo de 7 de noviembre de 2005, declarado infundado el recurso de casación interpuesto por su representado.

Señala que el 10 de junio de 2006, el apoderado de los demandantes del proceso principal solicitó la emisión de mandamiento de apremio contra su representado, petición que fue deferida por la autoridad judicial recurrida mediante decreto de 1 de julio de 2006; contra cuya decisión planteó recurso de hábeas corpus, el que no fue considerado ni resuelto en forma “ecuánime” por el Tribunal de hábeas corpus habiendo sido declarado improcedente.

Agrega que radicado nuevamente el proceso en el Juzgado Segundo del Trabajo y Seguridad Social, su representado se apersonó y solicitó la suspensión de la ejecución del mandamiento de aprehensión expedido en su contra; petición que fue resuelta por la Juez recurrida, en sentido de que no había lugar a dicha solicitud, con el argumento de que el recurso de hábeas corpus fue declarado improcedente y se encontraba en revisión ante el Tribunal Constitucional y que no había ninguna determinación con relación a que el apremio expedido en su contra sea suspendido, actuando contra sus propios actos, puesto que en la audiencia de hábeas corpus de 15 de agosto de 2006 señaló que “cuando un recurso de hábeas corpus, es remitido en revisión se suspende la ejecución del mandamiento de apremio” (sic).

Concluye señalando que existen dos recursos de hábeas corpus en proceso de revisión en este Tribunal; sin embargo, sin considerar esa situación la Jueza Segunda del Trabajo y Seguridad Social, ante una ilegal solicitud del demandante, el 2 de septiembre de 2006, expidió un mandamiento de apremio con facultades de allanamiento, habiéndose desatado una persecución en su contra.