Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1278/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
I.2.1.
El abogado del BCB, ratificó el contenido de la demanda presentada, enfatizando que la Ley de Abolición de Prisión y Apremio Corporal por Obligaciones Patrimoniales no abre la posibilidad para que se la reglamente, y el Acuerdo impugnado es unilateral y el BCB no lo conoció, sino cuando recurría a los diferentes despachos para tramitar sus procesos, habiendo reclamado al Consejo de la Judicatura y pedido la reconsideración del Acuerdo impugnado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1.
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la igualdad ante la ley
- A. Principio de supremacía constitucional
- B. Principio de jerarquía normativa
- C. Principio de reserva legal.
- D. Principio de legalidad
- III.3.
- las entidades del Estado que persigan la recuperación de sus créditos, quedan exentas del pago de tasas o derechos establecidos para los registros públicos nacionales, departamentales y municipales, así como de valores judiciales
- El Banco Central de Bolivia (El BCB) es una institución del Estado,
- III.4.
- APRUEBA