SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
Fragmento 13
Respecto al primer punto impugnado en los Fundamentos Jurídicos referido a que la Sentencia condenatoria pronunciada contra los recurrentes dentro del proceso penal que les siguió Ana María Roca de Unzueta, no valoró los dos últimos informes periciales que supuestamente desvirtuaban la prueba de cargo, es necesario recordar que como se anotó en la Conclusión II.2 de este fallo, en la SC 1046/2001-R, citada, que resolvió un anterior recurso de amparo constitucional interpuesto por los mismos recurrentes que cuestionaban el Auto de 1 de junio de 2001 por el cual el Juez rechazó la prueba pericial por ellos ofrecida, señalando que ya existía prueba suficiente, este Tribunal razonó de la siguiente manera:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. La valoración de los informes periciales ya fue resuelta por este Tribunal
- Fragmento 15
- carece de relevancia constitucional, toda vez que contra dicha ejecutoria no procedía ningún recurso o mecanismo de impugnación que los dejara en indefensión
- Fragmento 17
- es decir resolvió el asunto objeto de la petición, antes de que se hubiera presentado el presente recurso de amparo constitucional
- III.5. Terminología adecuada en Resoluciones y Sentencias Constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional
- APRUEBA