SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2006-R

Fecha: 06-Feb-2006

II.4.

II.4. Por escrito presentado el 13 de octubre de 2003  en la Notaría de Fe Pública de Primera Clase  73  (fs. 91 a 93) y presentado al Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial el 20 de octubre de 2003 (fs. 93 vta.) el Banco Santa Cruz, sucursal La Paz, legalmente represado por Luis Fernando Gutiérrez Zuazo, interpuso apelación contra la Resolución 345/2003, de 1 de octubre; que fue resuelta por los vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior ahora recurridos mediante Resolución A-667/2004 de 14 de diciembre, por la cual  anularon obrados hasta fs. 33 inclusive del proceso principal disponiendo que el a quo regularice el proceso de acuerdo a procedimiento sin responsabilidad por ser excusable, con los argumentos de que la demanda debió estar dirigida contra el gerente General del Banco Santa Cruz S.A. y no contra un Gerente Comercial de zona que no tiene facultades para representar a toda la Institución demandada, por lo que la demanda al ser defectuosa debió ser observada por el a-quo de acuerdo al art. 333 del CPC ya que al ser citada y demandada una persona que no tenía facultades para representar y con mandato necesario se causó indefensión a la Institución conculcando los derechos al debido proceso y a la defensa.