SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
III.3.
III.3. Los antecedentes expuestos, permiten establecer que el presente amparo constitucional se origina en la decisión adoptada por las autoridades judiciales recurridas mediante Auto de Vista A-667/2004, de 14 de diciembre que resolvió en apelación el incidente de nulidad de obrados interpuesto por Carmen Selva Ortiz en representación del Banco Santa Cruz S.A.; cuestionando el ahora recurrente -demandante del proceso principal- el hecho de que los recurridos anularon obrados en ejecución de sentencia hasta fs., 33 del expediente original, es decir, hasta la admisión de la demanda, amparándose en lo prescrito por el art. 15 de la Ley de Organización Judicial LOJ y el art. 333 del CPC sin considerar que existía una Sentencia ejecutoriada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de Sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías, y de ningún modo ello puede ser considerado como una situación en la que el Juez esté revisando su propia actuación pues como lo reconoce la doctrina los actos procesales desarrollados en vulneración de derechos y garantías se reputan como inexistentes
- III.2.
- III.3.
- III.3.1.
- o desconociendo ritualidades cuya observancia consagran una garantía del derecho de defensa de las partes en el proceso.
- Fragmento 19
- III.3.2.
- concedido