SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0151/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
III.3.2.
III.3.2. Finalmente, respecto a lo aseverado por el representante legal del Banco Santa Cruz S.A., en su calidad de tercero interesado, en sentido de que los vocales recurridos se limitaron a resolver un incidente de nulidad planteado en ejecución de sentencia, en forma legal y con la competencia que le asigna la ley, por cuanto hubo lesión al derecho a la defensa de la entidad que representa; contra cuya Resolución, al amparo de lo previsto por el art. 255 inc. 2) del CPC, procedía el recurso de casación o nulidad, que en efecto fue planteado por el actor y rechazado, negándose su remisión a la Corte Suprema de Justicia, en cuyo caso -a su juicio-, correspondía interponer compulsa, el que no se utilizó, no habiéndose agotado la vía ordinaria, inobservando el carácter subsidiario del amparo; corresponde señalar, que a mérito de los fundamentos expuestos, resulta innecesario analizar dicho planteamiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de Sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías, y de ningún modo ello puede ser considerado como una situación en la que el Juez esté revisando su propia actuación pues como lo reconoce la doctrina los actos procesales desarrollados en vulneración de derechos y garantías se reputan como inexistentes
- III.2.
- III.3.
- III.3.1.
- o desconociendo ritualidades cuya observancia consagran una garantía del derecho de defensa de las partes en el proceso.
- Fragmento 19
- III.3.2.
- concedido