SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 23 de septiembre de 1996 (fs. 1 y 2) Gloria del Rosario Gamarra de Rico Toro interpuso ante el Juez de Partido de Turno en lo Civil de Cochabamba una demanda ordinaria de cumplimiento de prestación contra Alfonso del Granado Anaya -ahora tercero con interés legítimo- como consecuencia de la compra venta de un centro médico en Chicago, EEUU, señalando como domicilio del tercero interesado, la avenida “Heroínas” E0-464 Edificio 'Tardío', 6º piso, oficina 602 de Cochabamba. Esta demanda fue admitida por el Juez Segundo de Partido en lo Civil mediante decreto de 29 de septiembre del mismo año, disponiendo la citación al tercero con interés legítimo (fs. 2 vta.). A través del decreto de 16 de octubre de 1996 (fs. 4), dicho Juez dispuso la citación de Alfonso del Granado Anaya mediante edictos previa representación del Oficial de Diligencias del Juzgado (fs. 3) al desconocerse su domicilio y paradero, con el consiguiente juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- improcedente y denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- trasladado al ámbito judicial, implica el derecho a la certeza y la certidumbre que tiene la persona frente a las decisiones judiciales, las que deberán ser adoptadas en el marco de la aplicación objetiva de la Ley y la consiguiente motivación de la resolución
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- la potestad, capacidad y facultad que tiene toda persona para acudir ante la autoridad jurisdiccional competente para demandar que se preserve o restablezca una situación jurídica perturbada o violada que lesiona o desconoce sus derechos e intereses, a objeto de lograr, previo proceso, una decisión judicial que modifique dicha situación jurídica
- el derecho a obtener una resolución fundada en derecho que defina los petitorios que se suscita en el curso del proceso y que la misma sea oportuna, es decir dentro del término de ley
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- c)
- tomó conocimiento de la misma
- III.8.
- III.9.