Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
III.4.
III.4. Finalmente, es preciso señalar que si bien en el presente recurso, el recurrente no incluyó, como sujeto con legitimación pasiva, al otro Vocal de la Sala Penal Tercera, que intervino en el pronunciamiento del Auto de Vista impugnado en este recurso; empero, teniendo en cuenta, que dicha autoridad cesó en sus funciones, no resulta un impedimento para conocer y resolver esta acción tutelar, el hecho de que esa autoridad no hubiera sido demandada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el objeto del proceso son los hechos fácticos punibles, teniendo también relevancia la calificación jurídica, que sin embargo dicha calificación es provisional pudiendo variar en la etapa del procesamiento o juzgamiento.
- ,
- 3°
- III.3.
- III.3.1.
- III.3.1.1.
- III.3.1.2.
- III.3.1.3.
- III.3.1.5.
- III.3.2.
- III.4.
- III.5.