SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0256/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurso se interpone contra Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial, Adolfo Gandarilla Suárez, Hernán Cortés Castillo y Juana Molina Paz de Paz, vocales de la Sala Civil Primera, Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, vocales de la Sala Civil Segunda, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y se disponga la nulidad de obrados del proceso seguido por Carmen Ramírez Weise contra Enma Jaldin de Cáceres y Carlos Yepez Coca, hasta la citación con la demanda y se restituya la inscripción de su derecho propietario en las oficinas de DD.RR. y se deje sin efecto la cancelación de partida ordenada por el Juez recurrido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- el recurso de amparo no define derechos, es decir, no puede entrar a dilucidar sobre el derecho de propiedad de un bien
- III.3.
- tiene la vía ordinaria para hacer valer el supuesto derecho propietario que tiene sobre el inmueble, no siendo el amparo el medio idóneo para consolidarlo como erróneamente pretende a través de la presente acción tutelar, por lo que es de inexcusable aplicación el principio de subsidiariedad
- III.4.