SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0256/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
recurso
En revisión la Resolución 63 de fs. 250 vta. a 252 vta. pronunciada el 1 de agosto de 2005 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Martha Senzano de Yépez contra Edgar Peña Vanegas, Juez Undécimo de Partido en lo Civil y Comercial, Adolfo Gandarilla Suárez, Hernán Cortez Castillo y Juana Molina Paz de Paz, vocales de la Sala Civil Primera, Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, vocales de la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando la vulneración de los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, a la defensa y al debido proceso, previstos en los arts. 6.I, 7 incs. a) e i), 16.II y IV y 22 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- el recurso de amparo no define derechos, es decir, no puede entrar a dilucidar sobre el derecho de propiedad de un bien
- III.3.
- tiene la vía ordinaria para hacer valer el supuesto derecho propietario que tiene sobre el inmueble, no siendo el amparo el medio idóneo para consolidarlo como erróneamente pretende a través de la presente acción tutelar, por lo que es de inexcusable aplicación el principio de subsidiariedad
- III.4.