SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0256/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0256/2006-R

Fecha: 22-Mar-2006

tiene la vía ordinaria para hacer valer el supuesto derecho propietario que tiene sobre el inmueble, no siendo el amparo el medio idóneo para consolidarlo como erróneamente pretende a través de la presente acción tutelar, por lo que es de inexcusable aplicación el principio de subsidiariedad

Consecuentemente, la ahora recurrente tiene la vía ordinaria para hacer valer el supuesto derecho propietario que tiene sobre el inmueble, no siendo el amparo el medio idóneo para consolidarlo como erróneamente pretende a través de la presente acción tutelar, por lo que es de inexcusable aplicación el principio de subsidiariedad en la subregla prevista en el numeral 1 inc. a) de la jurisprudencia glosada en el apartado III.1.

Así también lo ha entendió este Tribunal a través de la SC 1267/2005-R, de 14 de octubre, al reconocer de manera expresa que la parte recurrente: “(…) tiene la vía ordinaria para hacer valer el supuesto derecho propietario que tiene sobre el inmueble, no siendo el amparo el medio idóneo para consolidarlo como erróneamente pretende a través de la presente acción tutelar, por lo que es de inexcusable aplicación el art. 96.3 de la LTC (…)” (sic).