SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006

Fecha: 05-Abr-2006

d)

d)      Arguye que el DS 5315, de 30 de septiembre de 1959, que reglamenta al Código de Seguridad Social, más allá de vulnerar el derecho a la igualdad de las mujeres, se inmiscuye en el campo de acción de una ley, porque reglamenta y limita derechos, más allá de lo definido en la ley. Esto se hizo más evidente cuando se planteó la inconstitucionalidad del art. 14 del CSS y el Tribunal Constitucional mediante SC 0062/2003, declaró inconstitucionales los incs. a) y c) de dicho artículo, pero no de las normas conexas como el art. 34 incs. a) y c) del DS 5315, “lo que provocó una inconstitucionalidad sobreviniente de la norma impugnada que ahora debe ser expulsada del ordenamiento jurídico”, pues ese vacío jurídico es ahora utilizado por el INASES para reglamentar de forma discriminatoria el derecho a la seguridad social.

Asimismo, el art. 176 del Código de familia (CF), ha dispuesto la supresión  de  la antigua clasificación de la filiación en legítima, natural e ilegítima, prohíbe su uso a los funcionarios y empleados públicos, así como a las personas particulares, en los actos oficiales y privados que les conciernen; debiendo nombrarse a los hijos sin ninguna calificación, y al hacerse referencia a los padres, en los casos que sea menester, se consignarán simplemente sus nombres y apellidos, sin agregar otra mención.