SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006

Fecha: 05-Abr-2006

“inválido reconocido por los servicios médicos de la Caja”,

Por consiguiente, al haberse declarado, a través de la SC 0062/2003, la inconstitucionalidad de la frase inválido reconocido por los servicios médicos de la Caja”, no puede mantenerse la misma en el texto del art. 34 inc. a) del Reglamento al Código de Seguridad Social, puesla inconstitucionalidad subsiste independientemente del instrumento en que se encuentre esa expresión, de manera que en la presente acción se debe declarar  su inconstitucionalidad, con los efectos que el art. 58 de la LTC establece.