SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2006

Fecha: 05-Abr-2006

Opinión Consultiva OC-6/86

Al respecto, es menester remarcar que el criterio respecto a que la limitación al ejercicio de los derechos fundamentales debe venir enmarcada necesariamente en el contexto de una “ley” formal, ha sido señalado también por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cuya Opinión Consultiva OC-6/86, de 9 de mayo de 1986, analizó el art. 30 de la  Convención Americana sobre Derechos Humanos, que dispone: