SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2006-R
Fecha: 12-Abr-2006
Fragmento 20
Refiere la citada SC 550/2005-R, en un caso análogo, que: "(...) la recurrente tiene que acudir ante la propia Superintendencia del Servicio Civil denunciando el incumplimiento y exigiendo que dicho órgano administrativo haga cumplir su Resolución firme; pues, como se tiene referido, no corresponde hacerlo a través de un recurso de amparo constitucional que, como se ha señalado en el FJ III.1, no es supletorio de las vías legales y administrativas que pudiese tener quien recurre contra actos ilegales u omisiones indebidas; dejando constancia que sólo ante la omisión reiterada de la obligación de hacer cumplir sus propias resoluciones o ante la negativa injustificada de hacerlo, existiría la posibilidad de interponer el recurso de amparo constitucional". ( las negrillas son nuestras).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- admitió" (sic) en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- no resulta efectiva
- debe crear los mecanismos y reglamentos coercitivos
- III.4..
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- admitido" (sic) en parte el recurso
- REVOCA en parte